Al igual que en el Incoterm CFR, en el CPT (Carried paid to) la transmisión de la responsabilidad sobre la mercancía no coincide con la transmisión de las obligaciones de pago. Se diferencian en que el CFR es exclusivamente para el transporte marítimo y el CPT es para cualquier medio de transporte.
El vendedor se hace cargo de la mercancía hasta que la pone a disposición del transportista, en ese momento el comprador pasa a ser el responsable de los riesgos de daño o pérdida hasta la llegada a destino. Sin embargo es el vendedor el que paga los costes de transporte hasta el destino convenido, ocupándose también de las formalidades aduaneras de exportación.
Si nosotros realizáramos una compra a un vendedor chino, tendríamos que encargarnos de contratar el seguro del transporte principal desde China al destino final en España para asegurarnos de cubrir los posibles riesgos de daño o pérdida de la mercancía. También realizaríamos las formalidades aduaneras de importación. El vendedor por su parte se encargaría de lo mencionado anteriormente, todos los gastos ocasionados incluido el transporte internacional, sin contar el seguro.
Esperamos haber resuelto las dudas sobre este tema. No dudéis en comentar cualquier cuestión que os surja.
A continuación una lista de las entradas:
– EXW
– FCA
– FAS
– FOB
– CFR
– CIF
– CPT
– CIP
– DAT
– DAP
– DDP
Si quiere importar de China, no dude en consultarnos sin compromiso.